En contraprestaciΓ³n por el crΓ©dito otorgado por Earth Stone Rock (el "Vendedor"), el solicitante (el "Cliente") acuerda:
- Las condiciones de pago son netas a 30 dΓas a partir de la fecha de la factura, salvo que se acuerde otra cosa por escrito.
- Los saldos vencidos acumulan un cargo financiero del 1.5% mensual (18% anual), o la tasa mΓ‘xima permitida por la ley aplicable, lo que sea menor, desde la fecha de vencimiento hasta su pago, incluso despuΓ©s de un fallo judicial.
- Los pagos se aplican primero a los cargos financieros y luego al saldo pendiente mΓ‘s antiguo.
- En caso de incumplimiento, la totalidad del saldo pendiente vence y es exigible de inmediato a opciΓ³n del Vendedor, y el Cliente acuerda pagar todos los costos de cobranza, incluidos los honorarios razonables de abogados y las costas judiciales.
- Si la cuenta se abre a solicitud de mΓ‘s de una persona o entidad, cada una es responsable solidaria y mancomunadamente de todos los montos adeudados.
- Este Acuerdo se rige por las leyes del Estado de California, y el Cliente acepta la jurisdicciΓ³n y el fuero en el condado donde se ubica el domicilio comercial principal del Vendedor.
- El Cliente autoriza al Vendedor a obtener y verificar informaciΓ³n crediticia y bancaria de las referencias proporcionadas y de las agencias de informes crediticios, ahora y mientras la cuenta permanezca abierta.
- Las disputas de facturaciΓ³n deben presentarse por escrito dentro de los 30 dΓas posteriores a la fecha del estado de cuenta; los montos no disputados siguen siendo exigibles.
GarantΓa Personal. El firmante, individualmente y (si hay mΓ‘s de uno) de forma solidaria y mancomunada, garantiza personal e incondicionalmente el pago total y oportuno de todos los montos que el Cliente adeude al Vendedor y acepta ser personalmente responsable de todas las deudas de la cuenta. Esta garantΓa es continua y permanece vigente hasta que todas las obligaciones se paguen en su totalidad.
Aviso de la Ley de Igualdad de Oportunidades de CrΓ©dito. La Ley federal de Igualdad de Oportunidades de CrΓ©dito prohΓbe a los acreedores discriminar a los solicitantes de crΓ©dito por motivos de raza, color, religiΓ³n, origen nacional, sexo, estado civil, edad (siempre que el solicitante tenga la capacidad de celebrar un contrato vinculante); porque la totalidad o parte de los ingresos del solicitante provenga de cualquier programa de asistencia pΓΊblica; o porque el solicitante haya ejercido de buena fe cualquier derecho conforme a la Ley de ProtecciΓ³n del CrΓ©dito al Consumidor. La agencia federal que administra el cumplimiento de esta ley respecto de este acreedor es la ComisiΓ³n Federal de Comercio (Federal Trade Commission, Equal Credit Opportunity, Washington, DC 20580).